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Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE)
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Oficina de Acceso a la Información
La Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE), a través de su Oficina de Acceso a la Información (OAI), brinda a sus usuarios el servicio de información, conforme las previsiones de la Ley No. 200-04, su Reglamento de Aplicación y el Manual de Procedimientos OAI. Los procedimientos disponibles para el ejercicio del derecho y acceso a las informaciones públicas son los siguientes:

Proceso de Solicitud de Información gestionada personalmente ante la OAI:
  1. El ciudadano recibirá apoyo, en las instalaciones de la OAI, del Técnico de Asistencia al Ciudadano para completar el formulario de solicitud de información, el cual garantiza el cumplimiento del Art. 7 de la Ley No. 200-04.
  2. El ciudadano deberá entregar copia de su cédula de identidad y electoral. Si solicita información a nombre de una tercera persona, además de su cédula de identidad y electoral deberá entregar el poder de representación correspondiente y la cédula de identidad y electoral del poderdante.
  3. El Técnico de Asistencia al Ciudadano procede a la revisión preliminar de la solicitud, con la finalidad de verificar que esté debidamente completada.
  4. El Técnico de Asistencia al Ciudadano requiere al solicitante la firma del formulario de solicitud de información.
  5. El Técnico de Asistencia al Ciudadano hace entrega del acuse de recibo al solicitante.
  6. El Técnico de Asistencia al Ciudadano informa al solicitante los diferentes tratamientos que su solicitud podría recibir, indicándole además los plazos legales previstos en cada caso, así como la posibilidad de que su requerimiento genere algún costo de reproducción.
  7. El personal de la OAI dará seguimiento a la solicitud hasta completar la entrega de la información requerida por el ciudadano.

Proceso de Solicitud de Información gestionada vía internet:



Independientemente del proceso de solicitud agotado por el ciudadano, la Ley No. 200-04 prevé los diferentes tratamientos que las solicitudes podrían recibir, así como los plazos legales en los que deberá la OAI dar respuesta al requerimiento. Estas informaciones están contenidas, respectivamente, en el Capítulo II de la referida Ley y en el Capítulo III de su Reglamento de Aplicación. La normativa puede ser visualizada en el enlace de Marco Legal de esta sección de transparencia http://transparencia.cdeee.gov.do/wfMarcoLegal.aspx
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